Cobertura de riesgos no negociables temporalmente
Operaciones de riesgo de crédito a corto plazo
Desde el 27 de marzo de 2020 y hasta el 31 de diciembre de 2021 la Comisión Europea considera temporalmente “no negociables o no comercializables” todos los riesgos comerciales y políticos asociados a las exportaciones en los siguientes países: los 27 estados miembros de la UE, Australia, Canadá, Islandia, Japón, Nueva Zelanda, Noruega, Suiza, EE.UU. y el Reino Unido.
La cuenta del Estado de Cesce implementó esta medida de forma inmediata otorgando a estas operaciones un porcentaje de cobertura máximo tanto para riesgos políticos como comerciales del 95%.
Con objeto de cumplir la normativa europea, las operaciones de riesgo de crédito a corto plazo con destino a estos países se tarificarán conforme a las primas habituales utilizadas por Cesce, pudiendo, en determinados casos aplicarse las primas refugio recogidas en la Comunicación de la Comisión Europea (2012/C 392/01) del 19 de diciembre de 2012.