Si es empresario exportador, la innovación está en el ADN de su empresa y las ideas brotan a su alrededor, este es el mejor momento para aprovechar esa creatividad. El Ministerio de Industria, Tecnología y Turismo ha puesto sobre la mesa, según consta en
el BOE del 23 de marzo, 4.015.000 euros para ?incentivar las patentes y modelos de utilidad en el exterior?. En el Gobierno son conscientes de que la innovación es el mejor camino para incrementar la competitividad de las empresas y es ese el objetivo principal de estas ayudas. El plan consta de dos programas. Uno dedicado a las patentes españolas, dotado con 231.000 euros, y otro, mucho más potente desde el punto de vista económico, el que tiene
su foco en la innovación internacional. En este caso, se ponen a disposición de personas físicas y empresas los 4.015.000 euros mencionados para fomentar patentes y modelos de utilidad en el exterior. Las ayudas están destinadas a "superar las principales barreras para conseguir una patente europea e internacional", según el BOE. Se concentran en subvencionar las actividades que suponen un coste en los trámites necesarios para conseguir ese objetivo; como las tasas de presentación o las traducciones necesarias para formalizar los trámites de la extensión de la patente a países donde estas innovaciones sean también de utilidad. En concreto, las actividades para las que se puede solicitar la ayuda son: 1.- La extensión de una solicitud de una patente o de un modelo de utilidad, ante las oficinas nacionales de países terceros u oficinas regionales de patentes. Entre otros conceptos subvencionables, la convocatoria 2015 incluye: trámites de solicitud, informe de búsqueda, examen o concesión, anualidades y validación de patente europea. 2.- Actividades realizadas dentro del procedimiento internacional del Tratado de Cooperación de Patentes (PCT): trámites de solicitud, búsqueda internacional o examen preliminar. 3.- Solicitudes de patentes y modelos de utilidad españoles (trámites de solicitud y/o informe del Estado de la Técnica. (IET). Estos gastos serán subvencionables siempre que se hayan realizado entre el 25 de marzo de 2014 y la fecha límite de presentación de esta convocatoria. Es decir, el 23 de abril de 2015 (justo un mes después de su publicación en el BOE). La cuantía destinada a las ayudas internacionales dependerá del país de referencia en el que se centre la actividad innovadora. En el BOE se detalla la cuantía concreta por cada país. Además, para las traducciones se ha fijado la referencia de 700 euros por traducción y solo se subvencionará una por idioma y solicitud. Nunca serán subvencionables, según el texto del BOE, las traducciones al español. Las empresas podrán conseguir hasta el 80% de los gastos, mientras que para las pymes y autónomos que facturen menos de 50 millones de euros y tengan menos de 250 empleados se podrá solicitar hasta el 90% de lo invertido. En ambos casos, el montante económico supone un incremento de 10 puntos sobre las cuantías subvencionables en anteriores ediciones. Aún así, existe otro límite: las ayudas no podrán superar los 60.000 euros por empresa y los 65.000 en caso de pymes y autónomos. Lo más atractivo de esta convocatoria es que es compatible con otras ayudas recibidas para el mismo objetivo otorgadas por cualquier otra entidad pública o privada. La única vía de solicitud es la electrónica a través de la página
web de la Oficina Española de Patentes y Marcas.