El pasado viernes el Consejo de Ministros aprobó una amplia batería de medidas para ayudar a las empresas a conseguir financiación. El objetivo del Gobierno es romper con la dependencia que tienen las pymes de la financiación bancaría, un 75% del total, y para ello ha puesto en marcha diversas medidas, desde una mayor regulación de las empresas cotizadas en el Mercado Alternativo Bursátil, hasta una ley de crowdfunding, pasando por asuntos más cotidianos como la imposición de preavisos por parte de las entidades de crédito o la regulación de las sociedades de garantía recíproca. El saco es grande y no todas las medidas pueden ser aprovechadas por todas las empresas, por eso en Asesores de Pymes hemos querido dulcificar la tarea de leerse el Boletín Oficial del Estado y hemos agrupado las nuevas propuestas en función de su accesibilidad a las pymes. Lo más útil: preaviso de recorte de financiación. Aquí incluimos aquellas que con más probabilidad podrán ser accesibles para cualquier empresa. A la cabeza está el
preaviso de recorte de financiación. Si el banco quiere recortar líneas de crédito o préstamos por un valor superior al 35% de la deuda de cualquier empresa, sin importar su tamaño, deberá avisarlo con 15 días de antelación. Además, tendrá que proveer a la pyme de un documento con la información de su historial financiero. De esta forma se intenta dar un mayor margen para que los empresarios puedan buscar financiación alternativa. Además se estimula el buen comportamiento financiero de las empresas, ya que ese historial de crédito o "rating de pymes" reflejará si es o no un buen pagador. A falta de su definición final por parte del Banco de España, lo cierto es que ese historial de crédito es un documento básico en la negociación empresarial en muchos países occidentales. De momento, lo único que se ha precisado sobre ese documento en su versión española es que el banco deberá extenderla de forma gratuita en caso del recorte de crédito comentado. También podrá ser solicitado voluntariamente por cualquier pyme a un "coste reducido" y se le facilitará en un plazo máximo de 15 días, según lo publicado en el Boletín Oficial del Estado. Lo más atractivo: la regulación del crowdfunding. Es, tal vez, la medida estrella de la ley y una de las que más puede beneficiar a las micro empresas. Por primera vez en la historia, España regula los préstamos entre personas. Como
se ha comentado en este blog en más de una ocasión, el crowdfunding ya era una actividad más o menos conocida en España. Pero el miedo a lo novedoso de la fórmula y a la desregulación inhibía a más de un interesado. Ahora, financiar a las empresas a través de plataformas de Internet no será una locura de inversores alternativos, sino un tipo de inversión más. De esta forma, las pymes se podrán beneficiar del interés de muchos inversores con exceso de liquidez que, como ocurre en otros países, prefieren buscar el beneficio de su negocio en la economía real. Para evitar abusos, el Gobierno ha distinguido dos tipos de inversores: Acreditados, entre los que estarán los institucionales, las empresas con activos superiores a un millón de euros, una cifra de negocio por encima de los dos millones o unos recursos propios de más 300.000 euros. Además de las personas físicas o jurídicas cuyos niveles de renta superen los cincuenta mil euros al año o tengan un patrimonio superior a cien mil euros y soliciten expresamente este tratamiento). Para todos ellos no habrá ningún límite de inversión. Sí lo tendrán, en cambio, los no acreditados (todos los que no cumplan los anteriores requisitos). Para estos, se ha fijado una aportación máxima de 3.000 euros por proyecto, y 10.000 en total al año en todas las plataformas. Además, tendrán que firmar de puño y letra que conocen los riesgos de esta inversión. Para las empresas esta normativa va a facilitar y profesionalizar la captación de financiación de amigos, familiares y locos. Sobre todo la procedente de esos "locos" que antes apenas podrían localizar entre amigos de amigos y que ahora no sólo serán más accesibles a través de estas plataformas sino que, es probable, que también estén más interesados. En un contexto de tipos de interés tan bajos como el actual, conseguir entre el 8% y 10% que pagan en estas plataformas las empresas que solicitan crédito puede ser muy atractivo. Lo más selecto: el MAB Finalmente, están las reformas en el Mercado Alternativo Bursátil. Los últimos escándalos acontecidos en empresas de ese mercado han marcado, sin duda, la redacción de esta nueva normativa. El Gobierno busca un mayor control, por eso ha introducido nuevas exigencias en cuanto al perfil de los auditores de las mismas. Aunque, tal vez, el cambio más importante sea el de fijar los 500 millones de euros de capitalización como el límite a partir de la cual una empresa deberá abandonar el MAB para cotizar en el mercado continuo y cumplir con las exigencias que eso conlleva. Lo más complicado, pero tal vez lo más útil: las titulizaciones Por último, la ley aprobada el viernes, reforma también las titulizaciones. Según explicó el Ministro de Economía, Luis de Guindos, se trata de paquetes de préstamos que los bancos agrupan en vehículos financieros con capacidad para emitir bonos en los mercados financieros. Tradicionalmente, estos préstamos debían tener como subyacente (garantía) un activo inmobiliario, pero ahora esa exigencia cambia y se permite titulizar préstamos en los que la garantía es un préstamo de una Pyme. El ministro calcula que en España habría unos 235.000 millones disponibles para ser titulizados. Pero lo que es mucho más interesante, dispuestos a ser comprados por el Banco Central Europeo. De esta forma, las entidades financieras tendrán más incentivos para prestar a las pymes, ya que a cambio de esos créditos podrán obtener liquidez del BCE.