29 ene 2018
El seguro de transporte, vital para el traslado de mercancías
Son numerosas las compañías que hay en España que basan su negocio en la exportación e importación de mercancías. Para llevar a cabo esta actividad, en muchas ocasiones se hace necesario contar con una póliza que cubra el traslado y presentar el certificado de seguro de transporte.
Para aquellas empresas cuyo negocio se basa en la exportación y/o importación de productos es imprescindible contar con un buen seguro de transporte que cubra los riesgos derivados del traslado de la mercancía y de la modalidad de entrega acordada. Para su contratación, es determinante definir los métodos de traslado que se van a emplear, incluyendo los de carga y descarga.
Los más básicos suelen ofrecer cobertura por robo y por rotura, y adicionalmente pueden contratarse clausulas inglesas (para asegurar embarcaciones), servicios de protección de marca, de bienes a temperatura controlada, de mercancías frágiles y de maquinaria. Por regla general, el retraso en la entrega no quedaría cubierto por éste, aunque sí por el de responsabilidad del porteador.
El certificado de seguro de transporte debe estar siempre presente en la mente del empresario a la hora de llevar a cabo cualquier transacción de este tipo. Este documento indica el tipo y el importe de la cobertura de seguro en vigor para un envío concreto de mercancías a un país extranjero. El certificado ha de incluir el nombre de la empresa aseguradora y las condiciones de cobertura.
En el caso de tener que realizar cualquier reclamación, es necesario presentar una copia de este certificado. De hecho, no debe faltar a la hora de presentar una demanda a la compañía aseguradora, junto con la factura comercial, la lista de contenidos, el documento de transporte y un informe del siniestro que suele realizar el agente de seguros que lo tramite.
Clases de Póliza
En el mercado existen distintos tipos de seguros de transporte que se adaptan a las necesidades de cada actividad:
- Especiales o por viajes: cubren un traslado, desde que la mercancía sale de su lugar de origen hasta su destino. La garantía del seguro finaliza en el momento en el que los bienes asegurados llegan al punto acordado entre cliente y proveedor. Es extensivo a buques, trenes y aviones.
- Pólizas abiertas: Cubren una cantidad fija que corresponde al valor de determinadas mercancías y puede extenderse a varios viajes.
- Pólizas de abono o flotantes: Las condiciones del seguro se acuerdan a priori: tipo de mercancías, viajes a cubrir y primas a percibir para cada uno de los viajes previstos. El asegurador debe dejar reflejadas todas las expediciones que se lleven a cabo, salvo en escasas excepciones. Además, tendrá que cumplimentar los llamados Boletines de Aplicación, detallando para cada viaje (y en un impreso oficial) las particularidades del envío: destinatario, viaje, clase de mercancía, identificación y peso, medio de transporte empleado y, cuando proceda, el nombre del buque porteador y valor garantizado.
- Pólizas Forfait o Término: Cubren un capital determinado y fijo en una serie de viajes sucesivos y de número indeterminado durante un espacio de tiempo previsto
¿Quién puede contratar el seguro?
Podrán rubricar la póliza tanto el remitente como el destinatario, para evitar pérdidas por daños durante el viaje. También el porteador o trasportista, que puede usar una póliza de estas características como seguro de responsabilidad. O también, la agencia que gestione la transacción.
La póliza debe ir siempre firmada y sellada por la entidad aseguradora que la ha emitido. De hecho, debe estar emitida sobre la base de la Ley 50/80 de Contrato de Seguro y hacer constar en la misma que se ampara en dicha norma. Ha de reflejar el riesgo al que se le da cobertura e ir siempre acompañada de su correspondiente recibo de pago. Puede aplicarse en transporte marítimo (como un seguro de exportación marítima), terrestre (bien por carretera o bien por ferrocarril), aéreo o multimodal.
En cuanto al certificado de seguro, normalmente viajan con aquellos cargamentos para los que se ha contratado una póliza abierta flotante o, por otra parte, cuando la póliza no acompaña al envío.
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