20 jul 2021
Así es el nuevo marco para las startups en España
El Informe del Anteproyecto de Ley de fomento del ecosistema de las empresas emergentes establece una nueva normativa específica para las startups, con la que pretende responder a las principales demandas del sector y atraer inversión y talento
Primer paso superado para la aprobación de una ley específica para las startups. El Informe del Anteproyecto de Ley de fomento del ecosistema de las empresas emergentes aprobado recientemente por el Consejo de Ministros responde así a una demanda que desde hace años venía haciéndose por parte del sector de las startups y cuyo texto pasa ahora a audiencia pública.
El objetivo del Anteproyecto de Ley es crear un marco específico para este tipo de empresas, respondiendo a su singularidad y a las principales demandas del sector, a la vez que espera dar visibilidad al ecosistema español de startups a nivel global, atrayendo así una mayor inversión internacional y talento.
Con esta nueva propuesta normativa, se pretende regular y flexibilizar todas las actividades que las empresas emergentes tengan que llevar a cabo con la Administración pública a lo largo de su ciclo de vida, en especial en las primeras etapas, en la que se concentran el mayor número de trámites y que penalizan este tipo de empresas con respecto a otras pymes en aspectos como la fiscalidad o el trámite de visados, cuya regulación ya contempla este Anteproyecto.
El texto se dirige tanto a las empresas de nueva creación como a los grupos de empresas emergentes que tengan su sede social o establecimiento permanente en España, que no hayan distribuido dividendos, no cotizadas y de carácter innovador. El nuevo texto engloba, de hecho, conceptos hasta ahora repartidos en diferentes normas relativas a empresas de base tecnológica, pymes innovadoras o jóvenes empresas innovadoras.
Impulso al talento y a la inversión internacional
Uno de los principales objetivos del Anteproyecto de Ley es el impulso al talento y el freno de la fuga de cerebros. Para ello, se incorporan en el texto importantes medidas tributarias y fiscales para atraer capital humano internacional y favorecer la creación de hubs digitales en España. Entre otras, se reduce para las startups el tipo impositivo en el impuesto de sociedades y el impuesto sobre la renta de no residentes, del tipo general del 25% al 15% en el primer periodo impositivo en el que la base imponible sea positiva y en los tres siguientes siempre que mantenga la calificación de empresa emergente.
También recoge la posibilidad de que las startups soliciten el aplazamiento de la deuda tributaria del impuesto de sociedades o del impuesto sobre la renta de no residentes en el primer ejercicio en el que la base imponible sea positiva y en el siguiente, con dispensa de garantías y sin devengo de intereses de demora, por un periodo de 12 y 6 meses respectivamente.
Asimismo, contempla medidas favorables a las stock options, como la elevación de la exención de 12.000 a 45.000 euros anuales en caso de entrega por parte de las startups de acciones o participaciones derivadas del ejercicio de opciones de compra y se flexibilizan las condiciones de generación de autocartera en sociedades de responsabilidad limitada.
En un año marcado por el trabajo en remoto, más aún en el caso de empresas innovadoras y digitales, la nueva norma también avanza en lo relativo a los ‘nómadas digitales’. Por un lado, creando un régimen tributario específico para que las personas en teletrabajo que se desplacen por el territorio español se sometan al impuesto sobre la renta de no residentes, relajándose los requisitos para acceder a este régimen. También se crea un visado específico para personas que trabajan en España para una empresa extranjera.
El Anteproyecto de Ley también tiene entre sus grandes objetivos impulsar la inversión en el ecosistema emprendedor de España. Para ello, se eleva la base máxima de deducción por inversión en empresas de nueva o reciente creación (de 60.000 a 100.000 euros anuales), el tipo de deducción (que pasa del 30 al 40%), así como el periodo en el que se considera de reciente creación que sube de 3 a 5 años, con carácter general, o a 7 para empresas de ciertos sectores.
Mayor agilidad administrativa
Para facilitar los trámites de las empresas emergentes, se elimina la obligación de efectuar pagos fraccionados del impuesto de sociedades y del impuesto sobre la renta de no residentes en los 2 años posteriores a aquel en el que la base imponible sea positiva. También elimina la obligatoriedad de obtener el número de identificación de extranjeros (NIE) para los inversores no residentes, exigiendo únicamente que tanto ellos como sus representantes obtengan los números de identificación fiscal (NIF).
Ante el normal y natural fracaso de muchos proyectos emergentes, la norma también agiliza los trámites para el cese de actividad, que se cumplimentarán por vía electrónica.
Nada más aprobarse el Anteproyecto, la Asociación Española de Startups celebró en Twitter que la norma “reconozca la singularidad de la startup como modelo empresarial” y explicó que “a la espera de un análisis detallado y riguroso de las medidas concretas, la música de lo que se ha anunciado suena bien, aunque creemos que se puede ser aún más ambicioso para que la norma esté a la altura del talento de nuestros emprendedores y del ecosistema”.
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