Han pasado ya más de tres meses desde que
entró en vigor el nuevo código aduanero de la Unión Europea. El objetivo del CAU, como se le conoce en el sector, es actualizar una legislación que llevaba vigente desde 1992. Lo cual era casi un exigencia dado lo que ha cambiado el mundo desde entonces. También, unificar y simplificar los trámites para el intercambio de bienes dentro del territorio de la Unión. Y, como no podía ser de otra forma a estas alturas del siglo XXI, implantar las nuevas tecnologías en el marco del comercio exterior europeo. Pero como en todo proceso de cambio, los ajustes no se hacen de un día para otro. La puesta en marcha de esta normativa está generando dudas en su aplicación real tanto para empresas europeas como para exportadores que no pertenecen a ningún estado de la Unión Europea pero que tienen actividad en este territorio. Distintos organismos de la UE están tratando de solventar esas dudas con la publicación de
distintas guías de trabajo (guidelines, en inglés) para intentar dar una respuesta más amplia y técnica a apartados específicos como los procedimientos simplificados, el valor en aduana de las mercancías o los regímenes especiales vigentes, entre otros. Además, innumerables entidades financieras, asociaciones de pymes, despachos de abogados, etc. están anunciando cursos para explicar todas las novedades. En Asesores de Pymes hemos querido poner un granito de arena en este proceso de implantación de la nueva normativa y hemos identificados los principales cambios del CAU que afectan a las pymes exportadoras.
Se informatizan las aduanas comunitarias. Eso significa que ahora estarán comunicadas entre sí, por lo que se hará necesario el uso de comunicaciones electrónicas y firmas digitales para cualquier relación con la Administración y con el resto de operadores. Así que hay que ir preparándose para el momento en el que termine el proceso de armonización e interconexión en todos 28 Estados miembros. Un trámite que tendrá que estar finalizado obligatoriamente en 2020.
Hay un nuevo sistema de garantías para la deuda aduanera, que posibilita su reducción siempre que se cumplan una serie de criterios recogidos en el nuevo Código.
Se ha introducido el concepto de Decisión y determinación de los plazos de respuesta formal a cada petición por parte de una aduana.
Trámites y los procedimientos se han simplificado, por ejemplo, a la hora de las declaraciones (si se realizan con carácter habitual), la inscripción en los registros del declarante o la autoevaluación.
Se ha implantado que el valor en aduana de las mercancías se fije en función de la venta que se produzca inmediatamente antes de la entrada de las mercancías en territorio comunitario (desaparición de la opción de determinar el valor en aduana con base a una venta previa).
Las informaciones arancelarias vinculantes (IAVs), una vez emitidas, serán válidas sólo durante los siguientes tres años, lo que significa reducir a la mitad su periodo de validez hasta la fecha.
El Operador Económico Autorizado (OEA) es la entidad clave para cualquier procedimiento de simplificación para mercancías, mientras que el Código Aduanero es el texto legal máximo para regular los conflictos relacionados con el sector. El nuevo texto también
modifica los criterios para poder obtener el estatuto de OEA: a partir de ahora, se deberá demostrar poseer una experiencia práctica probada de, al menos, tres años y haber completado un curso específico de capacitación. En todo el mercado común, las
mercancías sólo podrán permanecer en depósito temporal, a 90 días, sin posibilidad de prórroga.