Crédito Comprador
Asegura, a entidades financieras, el riesgo de impago de créditos otorgados a deudores extranjeros
Cobertura de hasta el 99% de los riesgos comerciales y políticos
La Póliza de Crédito Comprador asegura al banco que financia al comprador extranjero de bienes y servicios españoles
Este seguro cubre al banco frente al riesgo de impago del crédito concedido al deudor extranjero
Las operaciones pueden ser aseguradas en cualquier moneda o divisa sometida a cotización por el Banco Central Europeo. También se pueden estudiar caso a caso operaciones denominadas en divisas no cotizadas.
El plazo para el pago de la indemnización es de cien días a partir de la fecha en la que el Asegurado haya acreditado el siniestro.
¿Quién es el asegurado?
El Tomador del Seguro y Asegurado será siempre la entidad o entidades financieras que otorguen el Crédito que financia la operación de internacionalización de la empresa española. Pueden obtener esta cobertura entidades establecidas tanto dentro como fuera de España.
¿Quién puede solicitar la cobertura?
Tanto el tomador del seguro, que será siempre el Banco, como el exportador*, si aún no ha cerrado la financiación con un banco concreto.
*En el caso del exportador, y una vez aprobada la operación, Cesce emitirá una oferta indicativa que el exportador puede ceder a la Entidad Financiera con la que finalmente decida operar. La Oferta quedará formalizada en Póliza una vez que el Banco mandatado la remita a Cesce firmada en señal de aceptación.
CALCULA EL PRECIO DE TU SEGURO
Porcentaje de cobertura máximo del 99%, tanto de riesgos comerciales como políticos
- Riesgos comerciales: impago como consecuencia de la insolvencia de hecho (morosidad prolongada) o de derecho (quiebra, suspensión de pagos...) del deudor y, en su caso, del garante, siempre que estos sean empresas privadas.
- Riesgos políticos: impago o falta de transferencia o convertibilidad, como consecuencia de situaciones de violencia política, sucesos catastróficos, dificultades económicas graves en el extranjero, expropiación, nacionalización del deudor o garantes, medidas adoptadas por el gobierno español o por un gobierno extranjero, etc. También incluyen el impago del crédito por parte de un deudor o garante públicos.
SOLICITAR MÁS INFORMACIÓN
Importes elegibles en las coberturas de Cesce por cuenta del Estado
Operaciones con plazo de pago igual o superior a dos años
- El comprador debe realizar un pago anticipado de al menos un 15% del Valor de lo Exportado (Consenso OCDE).
- El Gasto Local no puede exceder del 50% [40% en países de Categoría I] del Valor lo Exportado (Consenso OCDE).
- El contenido nacional incluido dentro del contrato deberá suponer al menos un 30% del crédito cubierto por Cesce en operaciones en países de grupos de 0 a 4, un 40% en países grupos 5 a 7 y un mínimo del 20% en operaciones verdes o con exportadores PYMES (Norma de contenido nacional).
Operaciones con plazo de pago inferior a dos años
- A estas operaciones no les es de aplicación el Consenso de la OCDE ni, por tanto, las reglas de pago anticipado o Gasto Local. En estas operaciones aplica únicamente el requisito mínimo de contenido nacional descrito más arriba.
No dejes de plantearnos tu operación. En aquellas operaciones en las que se excedan los límites establecidos en función del contenido español, Cesce buscará la estructura más adecuada para dar solución a sus necesidades de financiación o cobertura, a través de la cooperación con otras ECAS, con aseguradoras privadas o con organismos multilaterales.
Leer más
El cálculo del coste se realizará de acuerdo con Consenso de la OCDE
El coste de la prima variará en función de factores como el país, el porcentaje de cobertura, la duración del riesgo o la calidad crediticia del deudor.
Puedes realizar un cálculo de prima orientativo a través de nuestra calculadora de primas OCDE.
CALCULADORA DE PRIMAS OCDE
Envíanos una solicitud y la estudiaremos
Tras la recepción de una solicitud, Cesce analiza el riesgo para el que se solicita cobertura, sobre la base de la información proporcionada por el Asegurado. Analizado el riesgo, la Compañía eleva una propuesta al órgano de decisión – Comisión de Riesgos por Cuenta del Estado -.
En caso de aprobación, Cesce emitirá una Oferta de condiciones. Si el Asegurado acepta la Oferta, las partes formalizan la cobertura mediante la firma de la Póliza de Seguro y el pago de la prima por el Asegurado.
Si estás interesado puedes enviarnos una solicitud on-line, accediendo a Cesnet a través de nuestra
Más sobre Crédito Comprador
Contacta con nosotros
Envíanos tus datos mediante este formulario y nos pondremos en contacto contigo lo antes posible.
Estaremos encantados de ayudarte.
Solicita información
Déjanos tus datos y nos pondremos en contacto contigo