Insumos Esenciales | Aval Bancario
Facilita a las empresas exportadoras españolas la obtención de avales para la firma de un contrato a medio-largo plazo de compraventa de insumos esenciales para su actividad industrial
Cobertura de hasta un 80% del importe avalado
La Póliza Insumos Esenciales | Aval Bancario cubre el riesgo de impago por parte del ordenante del aval en caso de ejecución
Esta póliza es un apoyo a las empresas exportadoras españolas para la adquisición de insumos necesarios en su proceso de fabricación, facilitando la obtención de avales cuando estos sean necesarios para optar a un contrato de compraventa a medio largo plazo.
El seguro cubre a la entidad financiera (banco o aseguradora) que emite el aval o la caución.
En caso de ejecución del aval o caución solicitado por la empresa española, se originaría un crédito de esta empresa frente al emisor del aval. Esta póliza cubre el riesgo de impago de dicho crédito.
En contrato no debe ser de exportación mientras la empresa española esté internacionalizada.
Serán elegibles los avales que respalden la obligación de pago de empresas españolas internacionalizadas
Se consideran empresas españolas internacionalizadas aquellas que hayan exportado al menos un 25% de sus ventas en dos de los tres últimos años. En el caso de empresas de nueva creación, se verificarán los ingresos exteriores previstos en su plan de negocio.
¿Quién es el asegurado?
El tomador del seguro y asegurado será siempre la entidad financiera.
¿Quién puede solicitar la cobertura?
Puede solicitar la cobertura cualquiera de las intervinientes en la operación: la entidad financiera emisora del aval, la empresa española compradora del insumo, cuyo riesgo se asegura, o la empresa vendedora.
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Riesgos comerciales
El seguro cubre el riesgo de impago del Crédito que nace entre el ordenante del aval (empresa española adquirente de los insumos) frente a la entidad emisora, en el momento en que se ejecuta el aval o caución.
El aval debe responder a las obligaciones de pago que nacen de un contrato a medio y largo plazo para la compra de insumos esenciales para la producción por parte de una empresa española.
Los contratos deben ser a medio o largo plazo y establecer cantidades mínimas y precios que pueden estar indexados.
Se asegura el riesgo de impago del Crédito, tanto como consecuencia de la insolvencia de hecho (morosidad prolongada) como de derecho (concurso) del Deudor (empresa española) y, en su caso, del Garante (español o extranjero).
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No existen límites de importe por operación, ni máximo ni mínimo
El importe de cobertura máximo vendrá delimitado por el importe del aval a asegurar.
El porcentaje de cobertura no puede ser superior al 80% de dicho importe.
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Cesce fija su precio en función de la comisión de riesgo cobrada por la entidad financiera
Las coberturas a una entidad financiera conllevarán una prima equivalente, como mínimo, a la Comisión de Riesgo cobrada por dicha entidad, incrementada en un 5%.
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Envíanos una solicitud y la estudiaremos
- Solicitud de cobertura: por la empresa española internacionalizada que compra los insumos esenciales o por el emisor del aval vinculado al contrato de compraventa de esos insumos.
- Análisis del riesgo por parte de Cesce. Tras la recepción de una solicitud y comprobar que la operación es elegible para recibir cobertura por cuenta del Estado conforme a la normativa vigente, Cesce analiza el riesgo para el que se solicita cobertura sobre la base de la información proporcionada. El análisis de riesgo se centra en la solvencia de la empresa española que adquiere los insumos (ordenante del aval o caución y deudores del crédito en caso de ejecución) y, si lo hay, de su Garante. Podría solicitarse, asimismo, copia del contrato de compraventa.
- Elevación de propuesta de cobertura. Analizado el riesgo, la Compañía eleva una propuesta al comité de riesgos competente, en función del importe de la suma a asegurar.
- Respuesta de Cesce. En caso de aprobación, Cesce emitirá una Oferta de condiciones al solicitante de la cobertura y futuro tomador del seguro e informará al comprador del insumo esencial si ha realizado este la solicitud.
- Formalización de la cobertura. Si el Asegurado acepta la Oferta, las partes formalizan la cobertura mediante la firma de la Póliza de Seguro y el pago de la prima por el Asegurado.
Si estás interesado, puedes rellenar la solicitud y enviárnosla por email a cuentadelestado@cesce.es.
Si tienes dudas llámanos al 900 115 000 o envíanos tus datos y nos pondremos en contacto contigo.
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